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Creación del Comité Interinstitucional para la Recapitalización del Banco Central

 

El Comité Interinstitucional para la Recapitalización del Banco Central quedó establecida en Capítulo VI del Reglamento de Aplicación de la Ley No. 167-07 (Decreto No. 702-07), y está conformada -de parte del Banco Central- por el Director del Departamento de Programación Monetaria, el Director del Departamento Financiero, el Tesorero y cualquier otro funcionario designado por el Gobernador del Banco Central; y de parte de la Secretaría de Estado de Hacienda- por el Subsecretario del Tesoro, el Director General de Crédito Público y cualquier otro funcionario designado por el Secretario de Estado de Hacienda. En el Art. 4.2 de dicho Decreto, la Presidencia del Comité quedó asignada a la Dirección General de Crédito Público, mientras que la Secretaría se asignó al Departamento Financiero del Banco Central.

La primera reunión del Comité se sostuvo el 14 de mayo del año pasado.