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Mediante la Ley No. 490-08, aprobada el 31 de diciembre
del 2008, se autorizó la emisión del primer título
desmaterializado del Gobierno, por un monto de US$250.0
millones (equivalentes a RD$8,814.6 millones) para ser
destinados a las transferencias corrientes a la CDEEE.
El monto total fue colocado en la misma fecha en tres
series con vencimientos a 1, 2 y 3 años, y fue adquirido
por los generadores de electricidad.
En el
Artículo 6 del Decreto No. 856-08, se estipula que el
“cupón a ser pagado es de 10.60% anual sujeto al pago de
impuestos sobre la percepción de intereses” y que “en el
caso en que el Congreso Nacional apruebe una exención
impositiva sobre la percepción de intereses, entonces la
tasa efectiva del cupón será de 8.00% anual”.
Estos
bonos serán inscritos en el Registro del Mercado de
Valores de la Superintendencia de Valores, de acuerdo a
la Ley de Mercado de Valores y su reglamento. Por otro
lado, los Títulos serán registrados electrónicamente en
un Sistema de Registro Electrónico de Valores autorizado
y no son materializables. |